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¿Qué es el exequatur?
El exequatur es el procedimiento judicial para conseguir la homologación de una decisión judicial extranjera en España por parte generalmente de la persona a cuyo favor se haya dictado la sentencia. Los supuestos más comunes en la práctica son la legalización de sentencias extranjeras relativas a divorcio o separación, a fin de que surtan efecto también en España. |
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La resolución extranjera, una vez se haya inscrito en el Registro Civil, tendrá efectos jurídicos obligatorios frente a terceros como si se tratara de una sentencia dictada por un tribunal español. La sentencia homologada en España e inscrita impide, con efecto de cosa juzgada, que los tribunales volvieran a conocer y abrir proceso sobre la cuestión ya resuelta por el juez extranjero contenida en la resolución objeto del exequatur.
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¿Cuáles son los trámites del procedimiento de exequatur?
La regulación actual del procedimiento judicial se contiene en la Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional en materia civil, en los respectivos tratados bilaterales sobre el tema y en la normativa comunitaria, en función de cada caso. El procedimiento judicial de exequatur es sencillo. Dependiendo en cada caso de la existencia o no de convenio bilateral entre España y el país de que se trate, o de que haya de aplicarse la normativa comunitaria, habrá de aportarse una u otra documentación en cada situación específica. Le indicaremos que necesita en su caso concreto. En todo caso, si existiera tratado bilateral, la regulación legal hace prevalecer el sistema de reconocimiento automático, simplificando el proceso. |
Documentos que se precisan en general para promover el procedimiento judicial de exequátur :
✓ Copia auténtica de la sentencia que haya de ser legalizada. En el caso de estados parte del acuerdo de la Haya habrá de contar con apostilla de la Haya.
✓ Certificación del testimonio que justifique que dicha resolución es firme sin que quepa recurso contra la misma en el país de origen. ✓ Certificación de que la Sentencia especificando si hubiera sido notificada al demandado o, en otro caso, si hubiera sido dictada en rebeldía procesal. ✓ En el caso de sentencias de divorcio o separación han de acompañarse también certificación literal del matrimonio y, en caso de descendencia en común, además los certificados literal de nacimiento de los hijos en su caso. ✓ En el caso de que la sentencia u otras resoluciones o documentación obligatoria estén redactadas en idioma distinto al español, habrá de acompañarse la correspondiente traducción jurada. |
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