¿Me quiero divorciar?
Si la situación es irreversible, te has planteado esta decisión, y si tu conclusión ha sido que si, sigue leyendo: la información que te proporcionamos a continuación puede serte útil. Consulta las 50 preguntas más frecuentes antes de divorciarse:
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¿qUé ES EL DIVORCIO EXPRESS?
El matrimonio se disuelve entre otras causas por divorcio. Así, se puede definir el divorcio como la acción por la que se disuelve el matrimonio válidamente contraído, quedando extinguido el vínculo matrimonial.
Por su tramitación rápida sin necesidad de alegar motivo de divorcio y por la obtención directa del éste, se conoce como divorcio express el tramitado de mutuo acuerdo según la regulación establecida tras la reforma del Código Civil realizada por la Ley 15/2005. DIFERENCIAS ENTRE EL MUTUO ACUERDO Y EL DIVORCIO CONTENCIOSO
En el divorcio amistoso, la solicitud de divorcio se formula de mutuo acuerdo se produce a petición de ambos cónyuges o de uno con el consentimiento del otro. Si no hay entendimiento amistoso y entre los miembros de la pareja, y hay contradicción de posturas, no existiendo acuerdo el divorcio se define como contencioso, aunque baste la mera petición de uno solo de los cónyuge para solicitarlo, decidiendo el tribunal sobre las medidas en caso de desacuerdo.
De resultar posible recomendamos optar por el divorcio amistoso, por las obvias ventajas que conlleva el acuerdo entre los interesados. ¿ES LO MISMO SEPARARSE QUE DIVORCIARSE?
El divorcio se diferencia de la separación, en que en la separación se mantiene el vínculo matrimonial, por lo que los esposos separados pueden dejar sin efecto la separación por la reconciliación posterior, es decir, tras la separación, los esposos mantienen sus condición de tales, siguen casados entre sí. Por el contrario, ya que el divorcio supone que el vínculo matrimonial queda disuelto, la reconciliación carece de efectos legales en tal caso (artículo 88 del Código Civil) si bien los divorciados pueden volver a contraer matrimonio entre sí, sin que exista para ello ningún obstáculo legal.
Más información sobre la diferencia entre divorcio y separación en el siguiente enlace. ¿CUáNTO TIEMPO HE DE LLEVAR CASADO PARA PODER DIVORCIARME?
El art. 81 del Código Civil establece que el tiempo que deberá haber transcurrido en el momento de la solicitud judicial será de, al menos, tres meses desde la celebración del matrimonio. Una vez trascurrido ese plazo, la solicitud judicial de divorcio o separación sería legalmente viable.
¿cuáles son los requisitos para solicitar el divorcio express?
El divorcio express únicamente exige que ambas partes estén conformes con la decisión de tramitar el divorcio o separación, además de que exista acuerdo en relación con las medidas que regularán su separación o divorcio.
En todo caso, además, en el momento de la solicitud ante el tribunal han de haber transcurrido al menos tres meses desde la fecha de la celebración del matrimonio. ¿QUÉ VENTAJAS TIENE EL MUTUO ACUERDO?
En comparación con una ruptura con enfrentamiento de posturas, las ventajas del divorcio express son obvias en caso de finalización amistosa de la relación y existencia de acuerdo entre los interesados:
✓ Son las partes las que acuerdan por sí mismas los términos en los que será disuelto el matrimonio, a partir de los cuales se redactará el convenio regulador, sin que haya de decidir un juez. ✓ Únicamente es necesario un abogado y un procurador para ambas partes, abaratándose la tramitación. ✓ El plazo hasta obtener la sentencia de divorcio, con todos los efectos que supone, es mucho más rápido. ¿quién puede solicitar el divorcio o separación?
Existiendo mutuo acuerdo, se puede solicitar por ambos cónyuges conjuntamente o por uno con el consentimiento del otro.
Una vez presentada la demanda en el Juzgado, éste citará a los cónyuges para que vayan a ratificarse al Juzgado en el convenio regulador firmado, tras lo cual se dictará sentencia acordando las medidas acordadas entre los cónyuges. Más información en este enlace sobre el proceso de divorcio express ¿CUÁLES SON LAS FASES DEL DIVORCIO AMISTOSO?
Para la tramitación del divorcio express los pasos a seguir son:
✓ Redacción del convenio regulador por su abogado según las medidas acordadas de mutuo acuerdo entre las partes, mientras los interesados recopilan la documentación necesaria para solicitar el divorcio. ✓ Firma del convenio regulador por las partes. ✓ Redacción de demanda de divorcio, que se habrá de presentar con firma de abogado y acompañada de convenio regulador firmado por las partes y de la documentación exigida en cada caso. Presentación de la demanda y sus documentos por el procurador ante el Juzgado competente. ✓ Ratificación ante el Juzgado del convenio por los cónyuges, tras lo cual se dictará por el Juzgado la sentencia de divorcio. ¿CUÁNTO TARDA EN TRAMITARSE?
Una vez las partes hayan llegado a un acuerdo en cuanto a las medidas que regularán su divorcio, nuestros abogados especialistas redactarán el convenio regulador en un plazo inferior a 24 horas, y, tras la firma del mismo por los cónyuges, procederemos a redactar demanda de divorcio y presentarla en el Juzgado competente, tras lo cual se citará a las partes a la ratificación del acuerdo de divorcio y se dictará Sentencia.
Gestionándolo con rapidez, el tiempo estimado hasta que se dicte por el Juzgado sentencia de divorcio en casos de mutuo acuerdo y ruptura amistosa es aproximadamente entre un mes y medio o dos meses, dependiendo de la acumulación de procedimientos que lleve el Juzgado competente ante el que se ha de tramitar el proceso judicial correspondiente (sin poderse precisar exactamente con antelación) ¿dónde se solicita el divorcio?
El artículo 769 de la Ley de Enjuiciamiento Civil apartado 2º, indica que para tramitar el divorcio o separación ha de hacerse ante el juzgado legalmente preestablecido como competente, bien ante el juzgado correspondiente al último domicilio común o ante el juzgado del domicilio de cualquiera de los solicitantes al momento de solicitarse. En todo caso, ha de actuar asistido por abogado y procurador.
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- Divorcio sin hijos ni bienes: 99 euros por cónyuge, abogado, procurador e IVA incluido. - Divorcio con hijos sin bienes: 149 euros por cónyuge, abogado, procurador e IVA incluido. - Divorcio sin hijos con bienes: 159 euros por cónyuge, abogado, procurador e IVA incluido. - Divorcio con hijos con bienes: 179 euros por cónyuge, abogado, procurador e IVA incluido. |
¿HAY QUÉ TRAMITAR LA SEPARACIÓN ANTES QUE EL DIVORCIO?
NO, no es necesario. Aunque en su momento era así, en la actualidad tras la Ley 15/2005 que reformó el Código Civil, entre otros cambios, se ha eliminado la necesidad de previo proceso de separación para poder solicitar el divorcio, permitiendo solicitar éste directamente sin tener que tramitarse previamente la declaración judicial de separación. De ahí la denominación como divorcio express, entre otros motivos.
¿ES NECESARIO ABOGADO Y PROCURADOR PARA DIVORCIARSE?
SI, para la solicitud y tramitación ante los tribunales del divorcio o separación de mutuo acuerdo es legalmente obligatorio tramitar la solicitud mediante abogado y procurador.
En cualquier caso, una de las ventajas de tramitar el procedimiento de mutuo acuerdo es que ambos cónyuges pueden ir representado por el mismo abogado y el mismo procurador. ¿QUE DOCUMENTOS SE NECESITAN?
La documentación necesaria para tramitar el divorcio o separación consiste en:
- certificado de matrimonio - certificado de nacimiento de los hijos menores - empadronamiento del último domicilio común de los cónyuges o bien empadronamiento del domicilio actual de uno de los cónyuges - convenio regulador firmado por las partes. Más información en este enlace sobre documentos para el divorcio y dónde obtenerlos ¿HAY QUE ALEGAR UN MOTIVO DE DIVORCIO PARA SOLICITARLO?
NO, basta con que hayan transcurrido tres meses desde que la celebración del matrimonio. Desde la reforma de la regulación matrimonial del divorcio y la separación con Ley 15/2005 (que introdujo el conocido como “divorcio exprés”) se ha eliminado el sistema basado en tenerse que alegar un concreto motivo de divorcio -tal y como exigía la regulación hasta entonces-.
¿PUEDO DIVORCIARME AUNQUE LA OTRA PARTE NO ESTÉ DE ACUERDO?
Si. Si su cónyuge no está conforme con la solicitud de divorcio de mutuo acuerdo, usted podrá solicitar el divorcio por los trámites establecidos para el divorcio contencioso, ya que aunque la otra parte no estuviera de acuerdo no dispone de argumento legal para oponerse a la petición de divorcio, puesto que éste puede solicitarse sin necesidad de alegar especial motivo (ni tampoco tener que contar en ningún caso con la hipotética aprobación por el otro miembro de la pareja)
Más información en el siguiente enlace si su pareja no firma los papeles del divorcio |
Me quiero divorciar
¿Qué tengo que hacer?
¿QUÉ ES EL CONVENIO REGULADOR?
El convenio regulador es documento donde se plasma el acuerdo entre los cónyuges, en el que se pactan las medidas derivadas de su separación o su divorcio. Si existen hijos comunes entre las partes se debe regular la patria potestad y la guarda y custodia de los mismos, el régimen de visitas del padre o la madre y los abuelos u otros parientes y la pensión de alimentos entre otros. En el supuesto de que resultase un desequilibrio económico entre los cónyuges, uno de ellos deberá abonar al otro una pensión compensatoria, supuesto que también se deberá exponer en el convenio regulador.
¿HA DE SER APROBADO JUDICIALMENTE?
Si. El convenio regulador requiere la aprobación judicial, a través de la sentencia que otorga validez a las medidas acordadas por los propios cónyuges.
No obstante, sin necesidad de autorización judicial tienen plena validez de los acuerdos de carácter patrimonial respecto de bienes y deudas en común de los cónyuges, dentro del derecho dispositivo de las partes. ¿PUEDE EL JUEZ RECHAZAR EL CONVENIO?
Si. Sí el Juez entendiera que el convenio contiene pactos perjudiciales para los hijos o gravemente perjudiciales para alguno de los cónyuges, podría llegar a rechazarse el convenio.
¿PUEDEN REDACTARLO LOS CÓNYUGES?
Por la trascendencia judicial del documento y para evitar que el convenio fuera rechazado, desde nuestro despacho de abogados siempre aconsejamos que los cónyuges nos faciliten los términos básicos de su acuerdo. Nuestros abogados especialistas en derecho de familia se encargan de la redacción de la propuesta de convenio regulador, sin necesidad que los clientes hayan de redactar ningún documento para su comodidad -y para evitar errores que conllevaran retrasos posteriores en la tramitación del procedimiento judicial-.
¿QUÉ HA DE CONTENER EL CONVENIO REGULADOR?
El contenido mínimo del convenio regulador, regulado en el artículo 90 del Código Civil, hace referencia a las medidas reguladoras de las consecuencias de la ruptura: cuidado de los hijos sujetos a patria potestad de ambos, el ejercicio de ésta y, en su caso el régimen de visitas, comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no viva habitualmente con ellos, la atribución del uso de la vivienda familiar, así como contribución a las cargas del matrimonio y alimentos de los hijos.
Puede incluirse, sin que sea obligatorio, acuerdos en materia económica, así como la pensión compensatoria que pudiera corresponder, en su caso, a uno de los cónyuges. ¿ES OBLIGATORIO ESTABLECER PENSIÓN COMPENSATORIA?
No necesariamente. Aunque no existe definición expresa en la legislación, la pensión compensatoria puede definirse como la prestación que se atribuye por ley en aquellos casos en que la separación o divorcio produce un desequilibrio económico a uno de los cónyuges en relación con la posición con la mantenida durante el matrimonio, lo que habrá de considerarse en muy pocos supuestos.
¿QUÉ OCURRE SI UNO DE LOS CÓNYUGES NO RATIFICASE EL CONVENIO?
En caso de que alguno de los interesados no ratificara el convenio regulador, se acordaría el inmediato archivo del procedimiento amistoso de divorcio sin posibilidad de recurso. Ello no impide, obviamente, que cualquiera de los cónyuges pueda solicitar en tal hipótesis la separación o el divorcio contencioso.
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¿Qué es la patria potestad de los hijos?
La patria potestad es un efecto legal propio de toda relación paterno o materno filial, de tal modo que una vez que por alguno de los medios legalmente establecidos queda determinada la filiación, la patria potestad corresponde automáticamente por ley al progenitor respecto del cual quedó determinada la filiación sin que la atribución de la misma requiera petición de parte ni declaración judicial al respecto.
¿Qué es la guarda y custodia?
La guarda y custodia no se define en el Código Civil, siendo un término acuñado por la praxis y la doctrina la cual han considero que se refiere al ejercicio que ejerce el cónyuge que convive de forma estable con los menores, es el responsable de su cuidado cotidiano y que deberá tenerlos en su compañía. En convenio habrá de atribuirse conjuntamente o bien a uno solo de los progenitores, debiendo fijarse una pensión de alimentos para los hijos. ¿EN QUÉ SE DIFERENCIA LA GUARDA Y CUSTODIA DE LA PATRIA POTESTAD?
Mientras que la guarda y custodia se refiere al ejercicio que ejerce el cónyuge que convive de forma estable con los menores, es decir, el que es el responsable de su cuidado cotidiano y que deberá tenerlos en su compañía, la patria potestad se refiere a otorgar la protección, cuidado, asistencia y educación a los hijos así como a representarlos y administrar sus bienes.
¿QUÉ ES LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?
La pensión de alimentos se circunscribe a los alimentos debidos por los progenitores a favor de sus hijos (menores e incluso mayores, en caso de dependencia económica) que se han de establecer como una de las medidas definitivas derivadas de la crisis del matrimonio o la pareja de hecho; más concretamente, los alimentos debidos por el progenitor no custodio.
¿CÓMO SE CALCULA EL IMPORTE DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?
Los criterios generales legales son que la cuantía de los alimentos ha de ser proporcional al caudal o medios de quien los da, y también proporcional a necesidades de quien los recibe. Se trata de mantener un equilibrio cuidando de no dejar desatendidas las exigencias impuestas por la solidaridad familiar, pero al tiempo evitando una protección desmedida con olvido de las propias necesidades del alimentante, determinadas por su situación personal.
En todo caso, de forma orientativa para su caso, le invitamos a calcular el importe de la pensión de alimentos en caso de divorcio para su situación concreta, según tablas estadísticas del Consejo General del Poder Judicial. ¿CUÁNDO SE EXTINGUE LA PENSIÓN ALIMENTICIA?
Los principales casos en los que se extingue la obligación de pago de la pensión de alimentos son:
-Por desaparición de presupuestos legales: fallecimientos del alimentante, fallecimiento del alimentista, extinción del vínculo familiar. -Por causas objetivas: superación del estado de necesidad del alimentista, abandono del hogar familiar del hijo mayor de edad para mantener una vida independiente o reducción de la fortuna del alimentante. -Por causas imputables al alimentista: por haber incurrido en una de las causas que dan lugar a la desheredación o falta de aplicación al trabajo y mala conducta. ¿TIENEN DERECHO A ALIMENTOS LOS HIJOS MAYORES DE EDAD?
SI. Los hijos mayores de edad tienen derecho a percibir pensión de alimentos hasta que alcancen la independencia económica. Eso si, siempre y cuando no incurran en una de las causas que dan lugar a la desheredación o falta de aplicación al trabajo y mala conducta.
pareja no casada con hijos ¿HAY QUE PAGAR alimentos?
SI. En caso de existencia de hijos, es indiferente si los progenitores hubieran contraído matrimonio o no, ya que lo que se persigue legalmente es el interés y beneficio de los menores en caso de ruptura de cualquier pareja, incluidas las rupturas de parejas no casadas. De igual modo que en el divorcio en caso de previo matrimonio, en las uniones sin matrimonio la pensión de alimentos comprende exactamente igual alimentos debidos por los progenitores a favor de sus hijos (menores e incluso mayores) y se han de establecer judicialmente una medidas definitivas reguladoras de la crisis de la pareja de hecho.
Más información en el siguiente enlace sobre separación amistosa de parejas no casadas con hijos. ¿QUÉ ES LA CUSTODIA COMPARTIDA?
Si ambos progenitores deciden que la mejor forma de atender el interés de sus hijos, tras la ruptura familiar, es compartir las facultades diarias que entraña la custodia sobre los mismos, podrán determinar que la guarda y custodia sea compartida entre ambos. El reparto de tiempos de cada uno de los progenitores con los menores podrá ser: por días en la semana, por semanas, por quincenas, por meses, por trimestres escolares, por cuatrimestres, por cursos completos , por años, siempre teniendo en consideración el beneficio e interés de los hijos.
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¿SE PUEDE CONTRAER NUEVO MATRIMONIO TRAS OBTENER EL DIVORCIO?
Si. Una vez obtenido el divorcio, es perfectamente posible poder contraer matrimonio civil con su nueva pareja. Sin embargo, si usted ha contraído matrimonio eclesiástico aunque posteriormente se haya divorciado, necesitará obtener la nulidad matrimonial si quiere volver a contraer nuevamente matrimonio por el rito católico.
¿CABE LA RECONCILIACIÓN DE LOS CÓNYUGES TRAS EL DIVORCIO?
Claro que cabe el posible arreglo, la reanudación de la relación y la reconciliación tras el divorcio. Pero, legalmente, a diferencia de la separación -en la que si se mantiene el vínculo matrimonial- en el divorcio la reconciliación carecería en todo caso de efectos legales, tal y como señala el artículo 88 del Código Civil.
Eso sí, como legalmente divorciados, en todo caso pueden volver a contraer matrimonio entre si, sin que exista para ello ningún obstáculo legal, con lo que recuperarían nuevamente la condición de cónyuges. ¿Qué efectos tiene la reconciliación en caso de separación legal?
En los supuestos de reconciliación de los cónyuges separados legalmente sea establecido la subsistencia de la separación de bienes. Subsistencia que se prevé aún en el caso de que haya quedado sin efecto la separación de los mismos. Si los cónyuges, una vez reanudada la convivencia conyugal y restablecido el matrimonio quieren volver al régimen de sociedad de gananciales, deben pactarlo en capitulaciones matrimoniales.
¿Puede recurrirse una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo?
No, la sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no se puede recurrir por las partes (en caso de divorcio contencioso de las partes si cabría recurso ante la Audiencia Provincial en el plazo de los 20 días contados desde la fecha de notificación de la resolución)
¿Hay que inscribir la sentencia de divorcio en el Registro Civil?
Si, pero una vez se dicta la sentencia de divorcio por el Juzgado, es éste el encargado de remitir exhorto al Registro Civil donde consta inscrito el matrimonio para que se anote el divorcio entre las partes en nota marginal.
¿Se pueden modificar con posterioridad las medidas del convenio?
SI. No existe límite respecto a la posibilidad de modificación de esas medidas, bien de mutuo acuerdo entre las partes o bien a instancia de uno sólo de los cónyuges, siempre que concurran los requisitos legales.
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Quiero separarme
¿Qué hay que hacer?
ME QUIERO DIVORCIAR ¿CÓMO DOY EL PRIMER PASO?
Lo primero de todo es que te informes, en esta página tienes respuesta a las preguntas más habituales en tu caso; si lo prefieres puedes contactar con un abogado de divorcios sin coste ni compromiso para aclarar todas tus dudas sin coste ni compromiso. Somos abogados especialistas en divorcio y somos conscientes de la situación en la que te encuentras.
¿ME PUEDO DIVORCIAR SI MI MARIDO O MI ESPOSA NO QUIERE?
Para que el juez declare el divorcio no es necesario el consentimiento del otro cónyuge. Tampoco es necesario tramitar la previa separación legal. El único requisito es que en el momento de la solicitud de divorcio o separación hayan transcurrido al menos 3 meses desde la celebración del matrimonio. Que el otro cónyuge no quiera no es un obstáculo legal, consúltanos tu caso sin compromiso.
Más información en el siguiente enlace si tu ex se opone a tramitar el divorcio ME DIVORCIARÍA PERO TENGO HIJOS
Mira siempre por el beneficio e interés de vuestros hijos, la relación de pareja se ha acabado pero sois padres de unos hijos a los que ambos tenéis que proteger. Lo más beneficioso es que dejéis aparcadas vuestras posibles diferencias y miréis por el interés de vuestros hijos. La solución más beneficiosa para todos los miembros de la familia es llegar a un acuerdo. Contacta con nosotros, consúltanos tus dudas, hay muchos posibles pactos posibles para que lleguéis al mejor acuerdo.
QUIERO DIVORCIAR Y no se por dónde empezar
Cuando uno decide divorciarse es normal no saber por dónde empezar, nuestros abogados son conscientes de ello, consulta tu caso sin compromiso, te explicamos de forma detallada la documentación necesaria, coste y procedimiento vía presencial, telefónica y telemática, adaptándonos siempre a vuestras necesidades y estamos siempre a vuestra disposición para resolver cualquier duda o simples comentarios. Para nosotros cada divorcio es único por ello siempre ofrecemos un trato personalizado.
ME QUIERO DIVORCIAR RÁPIDO
Son múltiples las causas por las que en muchas ocasiones se necesita la tramitación del divorcio de forma urgente. Si te encuentras en esta situación y no tenéis hijos menores de edad, la mejor opción es tramitar el divorcio ante notario. Para ello únicamente se necesitan dos documentos: certificado de matrimonio y empadronamiento y en 24 horas estarás divorciado, es tan sencillo como que entraréis casados a la notaría y saldréis divorciados.
QUIERO DIVORCIARME PERO MI MARIDO ESTÁ EN EL EXTRANJERO
En ese caso, si ambos estáis de acuerdo en el divorcio o separación, tu marido únicamente tendrá que realizar un poder general y especial a favor del abogado o procurador, dependiendo si optáis por el divorcio notarial o judicial, cuyas instrucciones precisas te daremos para que podáis realizar el divorcio de mutuo acuerdo pese a la distancia.
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ME QUIERO DIVORCIAR ¿QUÉ TENGO QUE HACER?
Lo más importante cuando uno toma la decisión de divorciarse es ponerse en manos de abogados especialistas en divorcios que te tramiten el divorcio de la forma más rápida, sencilla y, por qué no, económica.
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Divorciarse no es ningún problema cuando estás en manos de abogados especialistas que velan porque la pareja resuelva el divorcio llegando a los mejores acuerdos, por lo que ¡miedos fuera! Ponte en contacto con nosotros y te explicaremos detalladamente cómo proceder.
ME QUIERO DIVORCIAR PERO NO SÉ COMO HACERLO
Si te quieres divorciar pero no sabes cómo hacerlo, no te preocupes, nosotros te vamos a informar de toda la documentación necesaria y procedimiento a seguir, pero no sólo eso, te iremos informando paso a paso de todas las cuestiones y resolveremos cualquier duda o comentario que tengas, siempre atento a todas tus necesidades. Mándanos un Whatsapp.
QUIERO DIVORCIARme pero ella no quiere
El divorcio sería perfectamente posible: si te quieres divorciar pero ella no quiere y han pasado más de tres meses desde la celebración del matrimonio puedes solicitar el divorcio, contacta sin compromiso para aclarar tus dudas. Si no tenéis hijos ni bienes en común ella no se puede oponer al divorcio y si tenéis hijos o bienes en común ella tampoco se va a poder oponer al divorcio aunque en este caso sí que va a poder solicitar lo que considere a su derecho oportuno respecto de los hijos o bienes en común.
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La ruptura de una pareja puede llegar en cualquier momento, y, aunque a priori pienses que no es el momento más adecuado, lo cierto es que la tramitación del divorcio o separación de mutuo acuerdo va a ser lo más beneficioso, nuestros abogados te aconsejarán la mejor manera de hacerlo, dando soluciones óptimas de forma individualizada.
MI EX ESTÁ EN OTRO PAIS PERO ME QUIERO DIVORCIAR
Si estáis ambos de acuerdo en el divorcio pero tu ex está en otro país no hay problema, únicamente sería necesario que tu ex pareja realizara un poder general y especial para pleitos que de la facultad al procurador o abogado (dependiendo si se tramita el divorcio vía judicial o notarial) no sólo para que le represente en el procedimiento de divorcio sino también para que se ratifique en su nombre en el convenio regulador de divorcio. Contacta con nosotros y solicita información sin coste.
Tenemos sobrada experiencia en divorcio de extranjeros residentes en España QUIERO DIVORCIARME PERO NO SÉ DÓNDE ESTÁ
Para tu tranquilidad, el divorcio es posible aunque no sepas el paradero de tu expareja, contacta y te lo explicamos. Si te quieres divorciar pero no sabes dónde está tu ex, tienes perfecto a obtener el divorcio -el único requisito para que te concedan el divorcio es llevar más de tres meses casado-. Si desconoces el domicilio de su expareja, se puede interponer una demanda de divorcio contenciosa y solicitar el divorcio. Al desconocer el domicilio, el Juzgado intenta localizar a la parte demandada para notificarle la demanda y, si tras varios intentos de localizarle no es posible, citarían a un juicio de divorcio en ausencia de la otra parte, tras el cual se decretaría el divorcio. Si sólo se solicita el divorcio y el Juzgado le notifica la demanda, tu ex pareja no se puede oponer a la solicitud de divorcio (el único requisito para oponerse al divorcio es llevar menos de tres meses casado) y si no se le encuentra tampoco hay motivo alguno para que no se dicte su divorcio.
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Quiero divorciarme
¿Qué he que hacer?
ME QUIERO DIVORCIAR PERO ¿QÚE DEBO HACER?
Si te quieres divorciar lo primero que tienes que hacer es comentarlo con tu pareja para así llegar a los mejores acuerdos posibles a los cuales nosotros les daremos forma legal y así tramitar el divorcio de mutuo acuerdo. Nosotros te informaremos de la documentación necesaria, coste y procedimiento a seguir.
ME QUIERO DIVORCIAR PERO ESTOY EMBARAZADA
Si te quieres divorciar pero estás embarazada es el momento de valorar la situación para llegado el momento tramitar el procedimiento de mutuo acuerdo de la forma más sencilla y menos dolora para vosotros y vuestro futuro bebé.
ME DIVORCIARÍA PERO NO SÉ COMO DECIRSELO
Cuando has decidido que te quieres divorciar lo más aconsejable según los especialistas es que le comuniques a tu pareja tu firme decisión de divorciarte, y, conociendo a tu pareja seguro que encontrarás el momento y la forma más adecuado para ello. Una vez que se lo has comunicado y para evitar posibles roces o malentendidos entre vosotros, la mejor opción es optar por el divorcio de mutuo acuerdo en el que nuestros abogados siempre os van a aconsejar cómo resolver el divorcio de la forma más eficaz y empática.
QUIERO DIVORCIARme pero ME DA MIEDO
Es verdad que los cambios dan miedo, pero a veces no queda más remedio que afrontarlos. Tras haber tramitado el divorcio a muchas parejas, todas ellas sin excepción nos confirman que la tramitación del divorcio de mutuo acuerdo ha sido la mejor opción, rápida, sencilla y sin generar ninguno conflicto entre las partes y además, para todas ellas ha supuesto una oportunidad para alcanzar la verdadera felicidad. Intenta buscar el acuerdo, en beneficio de ambos.
ME QUIERO DIVORCIAR PERO ÉL NO QUIERE FIRMAR
Es un tópico pensar que “si tu ex no quiere firmar no se puede” pero es un caso común y el divorcio es perfectamente posible y cualquier juez lo acordaría. Nadie está obligado a continuar con una relación en la que no se encuentra bien, por lo que aunque él no quiera firmar el divorcio puedes divorciarte si han pasado más de tres meses desde la fecha en la que os casasteis. Cuestión aparte es la existencia de hijos en común o bienes que tendría que regularse por el Juez, si no hay acuerdo sobre esos extremos. Consúltanos tu caso sin compromiso.
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